EL PLURAL
30/11/2009
Tribuna Libre
Sin rodeos
Desde diversas y antagónicas tribunas se alzan voces que cuestionan la competencia del Tribunal Constitucional para dictar una sentencia sobre el Estatut, bien por su debilitada composición actual, bien por la peculiaridad de la norma jurídica a examinar. Frente a las opiniones se encuentran los hechos tozudos: la ley orgánica que regula el funcionamiento del alto tribunal permite la deliberación de sus asuntos, aunque sus magistrados lo sean en precario y en funciones; y, por otro lado, es la propia Constitución la que establece el requisito formal para aprobar los estatutos autonómicos –ley orgánica votada en Cortes y referéndum-. Por lo tanto, sólo caben estrategias a posteriori, una vez conocida la sentencia del alto tribunal. Lo que no es óbice para expresar las opiniones, a favor y en contra de la constitucionalidad del Estatut, sin que éstas tengan que ser descalificadas como “presiones inaceptables”. Ahora bien, si el Tribunal Constitucional tumba artículos fundamentales de la nueva arquitectura autonómica que inaugura el estatuto catalán habrá que plantearse la apertura de dos melones: o la reforma de la Constitución para estructurar un nuevo modelo autonómico o la presentación sin ambages al electorado catalán de propuestas independentistas.
Francí Xavier Muñoz
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